MENDOZA

Mendoza puso en vigencia el nuevo régimen penal juvenil

El sistema penal juvenil de Mendoza tendrá una nueva estructura para intervenir en los casos que involucren a adolescentes. Con la entrada en vigencia de la Ley 9735, la Provincia incorporó un régimen específico que define cómo actuar ante una causa penal y establece distintas alternativas según la situación judicial de cada joven.

La reforma crea un Código Procesal Penal Juvenil propio y reorganiza la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil (DRPJ), que será el organismo encargado de ejecutar las medidas y sanciones dispuestas por la Justicia.

El nuevo esquema separa las intervenciones entre quienes deben permanecer privados de su libertad y aquellos que pueden cumplir medidas dentro de la comunidad. Para el primer grupo funcionará una Unidad de Privación de Libertad Juvenil, destinada a adolescentes con prisión preventiva o condena de encierro.

En los casos en que no sea necesario el alojamiento en un establecimiento cerrado, actuará la Unidad de Medidas Alternativas a la Privación de la Libertad (UMA). Allí se desarrollarán programas comunitarios, dispositivos de régimen abierto y acciones de acompañamiento territorial.

La legislación también incorpora un sistema de seguimiento permanente. La Guardia Permanente funcionará las 24 horas, mientras que el área de Abordaje en Territorio tendrá contacto con los adolescentes que cumplen medidas en la comunidad. A esto se suma un Dispositivo Residencial Socioeducativo para quienes tengan restricciones de libertad de menor intensidad.

Una de las nuevas figuras será el Supervisor Especializado, responsable de seguir individualmente cada caso. Deberá realizar entrevistas, controlar la evolución del adolescente, elaborar informes para los órganos judiciales y comunicar incumplimientos graves e injustificados.

La aplicación del régimen requerirá además un trabajo conjunto entre la Justicia y distintas áreas del Estado. La DRPJ deberá coordinar acciones relacionadas con educación, salud, seguridad, empleo, capacitación, vivienda, deporte y recreación, con el objetivo de acompañar el cumplimiento de las medidas y favorecer la reinserción.

La Ley 9735 también fija reglas para los establecimientos donde haya adolescentes privados de libertad. La escolarización seguirá siendo obligatoria y no podrá utilizarse como sanción. Además, quedan prohibidos los castigos físicos, los tratos crueles o degradantes y el aislamiento como mecanismo disciplinario.

Las sanciones deberán contemplar el derecho de los adolescentes a ser escuchados y a recurrir ante la Justicia. Tampoco podrán suspenderse como castigo las visitas familiares ni el acceso a elementos esenciales de higiene y alimentación.

La norma fue sancionada por la Legislatura el 30 de septiembre y promulgada este jueves por el gobernador Alfredo Cornejo, junto con la ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, el ministro de Educación, Cultura, Infancias y DGE, Tadeo García Zalazar, y el subsecretario de Justicia, Juan Carlos Jaliff.